¿Por qué debo autenticar mis documentos en caso de provenir de una universidad extranjera?

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¿Por qué debo autenticar mis documentos en caso de provenir de una universidad extranjera?

Dentro del proceso de reconocimiento y equiparación de estudios, es requisito indispensable la apostilla o autenticación de firmas en los documentos emitidos en el extranjero, en cumplimiento de lo que establecen las siguientes normas legales costarricenses:

  1. Ley General de la Administración Pública, artículo 294.
  2. Código Civil, artículo 28.
  3. Código Procesal Civil, artículo 374.
  4. Ley Orgánica del Servicio Consular, artículos 67, 80 y 81.

Además de los requisitos internos administrativos sobre el reconocimiento y equiparación de cursos realizados en universidades extranjeras por parte del Departamento de Registro de la Universidad Nacional. En tal sentido se considera que dicho requisito legal es adicional a cualquier acuerdo previo suscrito entre las partes para el reconocimiento y equiparación de cursos.

Se eximen de este requisito los estudiantes que se acogen a convenios por movilidad.

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